El Ayuntamiento de Madrid ha sido condenado a devolver a los conductores multados los importes embargados por una señalización deficiente en distintos tramos de la capital
Nueva batalla judicial perdida por el Ayuntamiento de Madrid en favor de los conductores que circulan con sus vehículos por la capital. Los juzgados de lo Contencioso Administrativo Número 6, 29, 30, 31 y 32 de Madrid han fallado en contra del consistorio de José Luis Martínez-Almeida por una señalización deficiente de la Zona de Bajas Emisiones del centro de la ciudad.
Cinco juzgados distintos han dado la razón a vuelta en representación de los conductores que recurrieron sus multas por supuestamente entrar en la ZBE con un coche no permitido. La decisión judicial anula la sanción y, por tanto, permitirá que los damnificados puedan recuperar los importes embargados. Asimismo, en dos de los casos, se ha condenado al Ayuntamiento al pago de las costas judiciales. Las cinco sentencias son firmes: no cabe recurso contra ellas ante ninguna instancia.
Las cinco sentencias apuntan a la mala señalización de varios tramos de la Zona de Bajas Emisiones, lo que incumpliría los requisitos que debe tener cualquier procedimiento sancionador. “No se han cumplido las mencionadas garantías en el procedimiento sancionador que se examina, ya que no consta en autos la existencia de señalización que acredite el acceso restringido a la zona por donde circuló el vehículo conducido por el recurrente”, recoge una de las sentencias.
De esta forma, los tribunales dan la razón a la asociación que tumbó Madrid Central y reconoce que la señalización no se acoge a lo estipulado, y que por lo tanto “no se puede acreditar que los conductores denunciados hayan incurrido en la infracción, haciendo prevalecer, por tanto, la presunción de inocencia”, explica Dvuelta en un comunicado.
Asimismo, tal y como aparece recogido en una de las sentencias -en concreto, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 30 de Madrid-, antes de que se acceda a la implantación definitiva o la modificación sustancial de “radares, fotorojos y dispositivos automáticos similares” que permita la identificación de las matrículas de los vehículos y la detección de infracciones de tráfico se realizará un periodo de aviso. Este debe ser de al menos dos meses, “durante el cual el órgano municipal competente facilitará o enviará a las personas titulares de los vehículos que hayan sido detectados una comunicación, de carácter meramente informativo”.
También describe la sentencia que aunque el conductor tuvo conocimiento de la infracción que se le imputaba y pudo hacer las alegaciones pertinentes, se le negó “tener conocimiento previo de las restricciones que afectaban a la zona por la que circulaba cuando fue denunciado”, seguidamente, la Administración pasó directamente a dictar la resolución sancionadora. En este caso, recoge el fallo, “privando a la parte actora de su derecho de defensa en el procedimiento administrativo”.
El Ayuntamiento de Madrid tendrá que devolver el dinero de las multas a los conductores
Por el momento, Dvuelta, dedicada a la defensión de los automovilistas, ha presentado cerca de mil de demandas contra el Ayuntamiento de Madrid por multas en Zonas de Bajas Emisiones. Según informan, las sanciones de este tipo, con un importe de 200 euros, representan ya cerca de uno de cada tres euros que ingresa el consistorio por multas.
Desde que entraron en vigor este tipo de sanciones de tráfico, cientos de usuarios han denunciado la deficiente señalización en diferentes puntos de la capital. Ahora, la Justicia empieza a darles la razón, condenando al Ayuntamiento de Madrid el reembolso de dichas multas.
Por su parte, Dvuelta alega en todos los casos “la vulneración del principio de presunción de inocencia al no aportarse al expediente los elementos de prueba adecuados para la completa determinación de los hechos”. Entienden, por tanto, que no existe en los expedientes administrativos abiertos contra varios conductores ninguna prueba que acreditase que el vehículo denunciado estaba circulando por una vía reservada o restringida.
Asimismo, denuncian que la falta de señalización y el no regristro en ningún documento del expediente administrativo en el que se acredite “la instalación de carteles informativos en lugares visibles que avisaran de la captación y transmisión de datos o imágenes”. Ejemplo claro de estos casos se presentan en varios radares de la M-30 y en el Paseo de Extremadura.
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