El IDAE publica una guía para aclarar dudas sobre la deducción fiscal en la compra de vehículos eléctricos

A través del Instituto para la Diversificación de la Energía (IDAE), organismo dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), el Gobierno ha publicado una guía para resolver dudas sobre la deducción fiscal por la compra de coches eléctricos. De interesante lectura, revela tres datos que, hasta ahora, habían pasado desapercibidos

A finales de junio, el Consejo de Ministros anunciaba un nuevo paquete de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga. No se trata en este caso de un descuento sobre el precio de compra como el que aplica el Plan Moves III, sino de un beneficio fiscal que permite a quienes adquieran un vehículo de bajas emiones  recuperar una parte de lo pagado en el Impuesto de Renta de las Personas Físicas (IRPF).

El funcionamiento de esta nueva línea de ayudas es, a priori, más sencillo que el del Moves. Al igual que este se tramita a través del concesionario donde se realiza la compra, pero son muchos menos los requisitos a cumplir para ser beneficiario/a de la ayuda. Para empezar, la cuantía no está ligada a la entrega o no de un vehículo para achatarrar y aunque el pago tampoco es inmediato sí se conoce con exactitud la fecha en que se recibirá el dinero: con el pago de la devolución de la renta del año en curso.

El IDAE ha publicado una guía sobre la deducción fiscal en la compra de vehículos eléctricos (VE) que trata de responder a las dudas más frecuentes que se plantean los usuarios.

Además de dejar claro que este beneficio fiscal es solo para particulares y que la ayuda se perderá en caso de que en algún momento (presente o futuro) el vehículo pase a estar ligado a actividad económica, la guía aclara algunos datos importantes.

  1.  Si el coche eléctrico se abona al contado, la deducción se aplicará en el periodo impositivo en que se haya matriculado
  2. La deducción del 15% en el IRPF se puede aplicar también en la compra de vehículos eléctricos comprados a plazos siempre que se abone más del 25% del precio antes de que finalice 2024 y se termine de pagar el coche antes de 2026. En este caso, la deducción se hará efectiva en el periodo impositivo en que se haya realizado el pago a cuenta
  3. Para las instalaciones de recarga, la deducción será aplicable a las cantidades abonadas hasta el 31 de diciembre de 2024. Ahora bien, la instalación no se podrá llevar a cabo después de 2024

En todos los casos, la base máxima de la deducción son de 20.000 euros en el caso de un vehículo y de 4.000 euros en puntos de recarga en el caso de que su coste sea superior,  mientras que si es inferior se aplicará su coste normal a la deducción

Compatible con el Plan Moves

Una duda bastante frecuente es saber si un comprador puede solicitar de manera simultánea la ayuda del Plan Moves III y la deducción fiscal. La respuesta es sí y esta compatibilidad supone, en el mejor de los casos (cuando se pueda optar a los 7.000 euros de descuento del Moves) restar hasta 10.000 euros de la factura (algo menos, porque una parte del Moves se devuelve en la declaración).

Es importante aclarar que la tercera edición de Plan Moves se ha prorrogado hasta julio de 2024 (debía finalizar el 31 de diciembre de 2023).

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