España prorroga en 2026 la deducción del 15 % en el IRPF por la compra de vehículos eléctricos y puntos de recarga

Ya es oficial. El Gobierno de España ha aprobado la prórroga para 2026 de la deducción del 15 % en el IRPF por la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga, una de las medidas fiscales más relevantes para impulsar la movilidad eléctrica en el país.

La decisión se recoge en el último Real Decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros, que extiende un incentivo clave que permite deducirse hasta 3.000 euros por la compra de un vehículo electrificado y hasta 600 euros por la instalación de un cargador, tanto en viviendas como en empresas.

Una medida clave para consolidar la electrificación del parque móvil

La deducción, ya vigente en 2025, se consolida así como una herramienta estructural dentro de la política fiscal del Ejecutivo para fomentar la transición energética y la reducción de emisiones, en línea con los compromisos climáticos de España y las directrices de la Unión Europea.

La prórroga llega en un contexto de crecimiento sostenido del mercado electrificado. Según datos del sector, hasta noviembre de 2025 se habían matriculado en España cerca de 220.000 vehículos con enchufe, entre eléctricos puros e híbridos enchufables, más del doble que hace cinco años.

¿Cómo funciona la deducción por compra de coche eléctrico?

La deducción del IRPF se aplica a:

  • Vehículos eléctricos puros
  • Híbridos enchufables
  • Vehículos de pila de combustible (hidrógeno)

Siempre que sean nuevos, matriculados por primera vez en España y destinados a uso particular.

El beneficio fiscal equivale al 15 % del precio total del vehículo, con una base máxima deducible de 20.000 euros, lo que fija el ahorro máximo en 3.000 euros sobre la cuota estatal del IRPF.

El cálculo se realiza sobre el precio final del vehículo, incluyendo impuestos, matriculación y transporte, descontando previamente las ayudas públicas recibidas, como las del Plan MOVES III o los incentivos que puedan incorporarse al futuro Plan Auto+ previsto para 2026.

Deducción por instalación de puntos de recarga

La prórroga también mantiene la deducción del 15 % del coste de instalación de puntos de recarga, con un límite máximo de 600 euros. Esta deducción se aplica tanto a instalaciones domésticas como empresariales e incluye:

  • Coste del equipo de recarga
  • Obra e instalación
  • Elementos necesarios para habilitar el suministro eléctrico

Aunque no sustituye a las ayudas directas del Plan MOVES, esta deducción actúa como un complemento fiscal relevantepara facilitar el despliegue de infraestructura de recarga privada.

Requisitos y tramitación en el IRPF

Para beneficiarse de la deducción, el contribuyente debe cumplir una serie de condiciones:

  • El vehículo debe ser nuevo y de uso no profesional
  • La compra o el pago anticipado debe realizarse dentro del periodo fiscal correspondiente
  • Es obligatorio conservar facturas, justificantes de pago y resoluciones de ayudas

La Agencia Tributaria dispone de apartados específicos en Renta Web donde deben declararse los datos del vehículo, el importe pagado, las subvenciones recibidas y la base sobre la que se aplica la deducción.

Guía rápida: deducción por movilidad eléctrica en el IRPF

  • Verificar que el vehículo es eléctrico, híbrido enchufable o de hidrógeno
  • Confirmar que el uso es particular
  • Aplicar una base máxima de 20.000 € (hasta 3.000 € de deducción)
  • Restar siempre las ayudas públicas recibidas
  • Conservar toda la documentación justificativa
  • Acceder a Renta Web → deducciones estatales de movilidad sostenible
  • Revisar el cálculo automático del 15 %
  • Repetir el proceso si se ha instalado un punto de recarga (límite 600 €)
  • Confirmar que se aplica en el ejercicio fiscal correcto

Fuente | hibridosyelectricos.com

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