Guía para moverse por Madrid con la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible

In extremis, a punto de agotar el plazo concedido por el Tribunal Superior de Justicia para la suspensión definitiva de Madrid Central, el equipo que lidera José Luis Martínez Almeida ha conseguido los apoyos necesarios para aprobar la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid (OMS).

Esta nueva estrategia está pensada para “fomentar la sostenibilidad, reforzar la seguridad vial, integrar todos los medios de transporte y favorecer la innovación”. Trae consigo importantes novedades para la circulación de vehículos, entre ellas, las llamadas Zonas de Bajas Emisiones Especiales.

A continuación, repasamos las claves de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid.

1. De Madrid Central a las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección

La Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) de Madrid establece el marco normativo para que todo el territorio de la capital se convierta en Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de manera progresiva desde el próximo 1 de enero de 2022.

El texto también sienta las bases para que se creen dos ZBE de Especial Protección (ZBEDEP) en Centro y plaza Elíptica. Estas contarán con medidas adicionales (de restricción de circulación, velocidad, creación de zonas peatonales, etc.) debido a que las necesidades de mejora medioambiental en estos puntos son más acusadas.

  • La ZBEDEP Distrito Centro mantiene los criterios de acceso y circulación según el distintivo ambiental e incorpora un elemento promotor del desarrollo de la actividad económica al equiparar el tratamiento para residentes y comerciantes para que desarrollen su actividad en la zona.
    Además, se amplía un año, hasta el 31 de diciembre de 2022, la exención para los vehículos de menos de 3.500 kg de distintivo B.
  • La creación de la ZBEDEP Plaza Elíptica restringirá el acceso a todos los vehículos sin etiqueta. Permitirá reducir el tráfico de la zona un 18,6 %, el equivalente a un descenso de 37.000 vehículos por kilómetro diarios, 1.500 vehículos en hora punta.

2. Carriles multimodales

Una de las principales novedades del texto aprobado y que no estaba presente en el borrador es la que fija que en vías urbanas de dos carriles por sentido de circulación, el de la derecha se convierta en multimodal siempre que las circunstancias técnicas y de seguridad lo permitan.

El límite máximo de velocidad en el multimodal para que converjan y se integren los diferentes modos de transporte será de 30 kilómetros por hora. No se contabilizan los carriles reservados para el uso exclusivo de transporte público.

3. Tarifa dinámica de SER

La ampliación del SER (zonas de estacionamiento regulado) prevista a 20 nuevos barrios de la ciudad se llevará a cabo siempre que cuente con acuerdo previo favorable de la junta de distrito tras haber consultado a los vecinos y asociaciones vecinales afectadas. Con la OMS, se incrementa del 75 % al 80 % el mínimo de plazas verdes (para residentes) de estacionamiento regulado en cada barrio. En lo que respecta a las nuevas reservas de carga y descarga de mercancías, se aumenta de 30 a 45 minutos el tiempo de estacionamiento.

Otra de las novedades es la creación de la llamada tarifa dinámica de SER que adecúa el precio del estacionamiento a los índices de contaminación: cuánta más contaminación más cara será la tasa del parquímetro (excepto para los coches eléctricos).

El pago del SER en Madrid a través de aplicaciones móviles no afecta a los coches eléctricos

4. Restricciones para los vehículos más contaminantes

  • A partir del 1 de enero de 2022, queda prohibido el acceso y circulación a los vehículos A (los que no tienen etiqueta de la DGT) por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
  • Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido el acceso y circulación de los vehículos sin distintivo por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30.
  • Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE.
  • Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición se extiende también para los vehículos sin distintivo domiciliados en la capital. 

En la capital, estaban censados 315.477 vehículos A en 2019, según la DGT. Los vehículos sin etiqueta representan el 18 % de los recorridos en la capital. De esta última cifra, gracias a las políticas medioambientales emprendidas por el Ayuntamiento (incluido el crédito reservado de 55 millones de euros para la compra de vehículos CERO, ECO y C por particulares), se espera disminuir su presencia un 92,7 % en 2024 y se prevé su desaparición en 2025.

5. Nuevos límites de velocidad

En el ámbito de la seguridad vial, se limita la velocidad para vehículos a motor a 20 km/h en vías urbanas que dispongan de plataforma única de calzada y acera cuando existan elementos separadores entre las mismas (bolardos) y a 15 km/h cuando no los haya. También se rebaja a 20 km/h la velocidad de los vehículos en entornos escolares.

6. Bicis, patinetes y VMP

Las personas menores de 18 años deberán llevar casco homologado o certificado. La OMS también obliga a los riders que desarrollan actividad económica de distribución de mercancías o de transporte de personas al uso del casco homologado, indistintamente de su edad.

Las bicicletas podrán circular por túneles, salvo prohibición expresa, siempre que utilicen la correspondiente iluminación homologada. Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como los patinetes podrán hacerlo por los carriles multimodales con velocidad limitada a 30 km/h o inferior, siempre que hagan uso del casco homologado y estén iluminados como se contempla en el Reglamento General de Circulación.

Madrid permitirá a las bicicletas circular en ambos sentidos de la marcha en ciclocalles, calles residenciales y de plataforma única limitadas a 20 km/h. En estos casos, la bicicleta tendrá prioridad de paso. También podrán circular por parques y jardines públicos urbanos en caminos de más de tres metros de ancho.

Otra de las novedades incluidas el OMS permite a menores de 15 años ir en VMP siempre que vayan acompañados (en otro VMP) y bajo responsabilidad de sus progenitores o tutores.

7. Y todo esto, ¿desde cuándo?

Las medidas contempladas en la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid entrará en vigor una vez que se publique en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM). Esto será entre esta y la próxima semana.

A partir de entonces entran a funcionar todas las medidas, a excepción de tres que deben pasar por un estudio de demanda: las plazas de alta rotación dedicadas a sanitarios y otros servicios esenciales, la tarifa dinámica del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) y la carga y descarga inteligente.

La puesta en marcha de las distintas zonas de bajas emisiones se hará de forma progresiva, mediante sistemas de videovigilancia y acompañada de un periodo informativo de dos meses sin emitir sanción automatizada a los supuestos infractores.

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